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"Soy un hombre de armas, un soldado, scout. Paradójicamente, al único de mi especie que admiro, empuñó solamente la palabra, su técnica fue la humildad, su táctica la paciencia y la estrategia que le dio su mayor victoria fue dejarse clavar en una cruz por aquellos que amaba".

Desde La Trinchera Del Buen Combate en Argentina. Un Abrazo en Dios y La Patria.

31 de mayo de 2018

DÍA DE LA POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA (PSA). 31 DE MAYO.


La PSA
La Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) es la fuerza federal dependiente del Ministerio de Seguridad de la Nación con jurisdicción en el Sistema Nacional de Aeropuertos.
ANIVERSARIOS
31 DE MAYO  DÍA DE LA POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA
LA POLICÍA AERONÁUTICA ARGENTINA CAMBIA DE NOMBRE Y PASA AL MINISTERIO DEL INTERIOR - Martes 22.02.2005
  • POR DECRETO DEL PRESIDENTE KIRCHNER LA POLICÍA AERONÁUTICA PASA A LA ÓRBITA DE INTERIOR CON NUEVO NOMBRE DE AHORA EN MÁS SE LLAMARÁ POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA. 
  • DE ESTE MODO, LA PAN DEJARÁ DE DEPENDER DE LA FUERZA AÉREA PARA SER UNA FUERZA DE SEGURIDAD. 
  • EL GOBIERNO NACIONAL ANUNCIÓ ESTA TARDE LA CONFORMACIÓN DE LA POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA EN REEMPLAZO DE LA POLICÍA AERONÁUTICA NACIONAL (PAN) COMO UNA FUERZA DESMILITARIZADA QUE ACTUARÁ BAJO LA ÓRBITA DE MINISTERIO DEL INTERIOR.

La Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) es una institución policial argentina con conducción civil, encargada de proteger y resguardar la seguridad en los aeropuertos de ese país. Fue creada en 2005por el decreto nacional número 145/05, que transfirió orgánica y funcionalmente a la Policía Aeronáutica Nacional (PAN), desde el ámbito del Ministerio de Defensa a la órbita del Ministerio del Interior, creándola como una fuerza autárquica y denominándola Policía de Seguridad Aeroportuaria. 
Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA)

Esa norma, al mismo tiempo, la incorporó al Sistema de Seguridad Interior, que integran Gendarmería Nacional, Prefectura Naval Argentina y Policía Federal (PFA), dependiente del Ministerio de Seguridad de la Nación.
Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA)
El Poder Ejecutivo Nacional tomó esa decisión, tras un escándalo por tráfico de drogas en un vuelo de la empresa Southern Winds que arribó a España desde Argentina.
Policía de Seguridad Aeroportuaria
Psa arg logo.png
Logo de la PSA

Activa2005
PaísBandera de Argentina República Argentina
FidelidadMinisterio de Seguridad
TipoFuerzas de Seguridad
Tamaño4.500 efectivos.
AcuartelamientoSNA (Sistema Nacional de Aeropuertos)
Comandantes
Comandante actual
Cultura e historia
MotePSA
ColoresAzul. Negro.
Aniversarios
22 de febrero Día del Personal de la Policía de Seguridad Aeroportuaria.
31 de mayo Día de la Seguridad Aeroportuaria.


Sitio web: www.psa.gov.ar
El marco jurídico que la regula está definido por las leyes 26.102 de Seguridad Aeroportuaria y 24.059 de Seguridad Interior.
Como autoridad superior responsable de la seguridad aeroportuaria, su misión consiste en resguardar y garantizar la seguridad interior en el ámbito jurisdiccional aeroportuario, a través de la prevención, conjuración e investigación de los delitos e infracciones que no estén previstos en el Código Aeronáutico.
Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA)
Para su cumplimiento, la PSA desarrolla las siguientes funciones:
  • Controlar las instalaciones aeroportuarias y aeronaves al igual que las personas, equipajes, cargas y suministros que se encuentren en el aeropuerto.
  • Investigar y detener actividades delictivas.
  • Regular y controlar los servicios de seguridad privada que presten terceros.
  • Asegurar el cumplimiento de normativas y recomendaciones internacionales en materia de seguridad de la aviación.
  • Asistir y cooperar con las autoridades judiciales en la investigación y persecución de delitos.
La PSA se capacito con la gendarmería francesa en recuperación de aeronaves
HISTORIA
Mediante el Decreto Nacional Nº 145 de 2005, la entonces Policía Aeronáutica Nacional (PAN), se constituye en la PSA. En el 2006, con la Ley 26.102 de Seguridad Aeroportuaria, se concibe la misma como un aspecto específico y sensible de la seguridad pública, creando una institución especializada en la materia, e imponiendo al Estado Nacional el deber de resguardarla y garantizarla.
La Policía de Seguridad Aeroportuaria mostró los objetos presuntamente robados a los pasajeros.
MEDIANTE LOS DECRETOS NROS. 836/08 Y 1190/09, LOS CUALES APRUEBAN LOS REGÍMENES PROFESIONALES DEL PERSONAL POLICIAL Y CIVIL RESPECTIVAMENTE, Y LA RESOLUCIÓN EX MJSYDH Nº 1617 DEL 23 DE DICIEMBRE DE 2009,Y SU ACTUALIZACIÓN MEDIANTE LA RESOLUCIÓN MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 1015 DEL 6 DE SEPTIEMBRE DE 2012, QUE APRUEBA LA ACTUAL ESTRUCTURA ORGÁNICA Y FUNCIONAL DE LA PSA, SE INSTAURA EN EL PAÍS UN NUEVO MODELO DE GESTIÓN POLICIAL.
Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA)
Su ejercicio se basa en tres pilares:
  • Una Estructura de Conducción y Administración a cargo de personal civil técnico-especializado, de modo tal que expertos puedan ocuparse de la dirección de la PSA, y no se utilicen efectivos policiales para labores administrativas.
  • Una Estructura Operacional compuesta por funcionarios con estado policial, de abocación exclusiva a tareas propias de policiamiento.
  • Un Instituto Superior de Seguridad Aeroportuaria, dedicado a la formación y capacitación constante de tanto el personal civil como policial en materia de seguridad aeroportuaria, diseñando y aplicando contenidos específicos que aseguren el desarrollo de las competencias profesionales necesarias para la efectiva implementación del modelo propuesto por la PSA.
  • Este modelo de gestión policial gira en torno a determinados principios, que con el paso del tiempo se tradujeron en mejoras sustanciales de la seguridad aeroportuaria:
  • La desmilitarización doctrinal, orgánica y funcional de la PSA, en pos de su conformación como una verdadera policía ciudadana.
  • La despolitización de la PSA para crear un organismo políticamente agnóstico, sujeto al ordenamiento legal y normativo democrático, ajeno a cualquier tipo de manipulación.
  • El posicionamiento de la problemática delictiva como eje estructurante de la PSA, es decir, la conformación de la Institución y la orientación de sus políticas hacia medidas que garanticen la investigación, prevención y conjuración del delito dentro del ámbito aeroportuario, de modo eficiente y racional en la gestión de sus recursos logísticos, operacionales y humanos.
  • La distinción orgánico-funcional entre la seguridad preventiva y la seguridad compleja. La primera abarca la prevención, conjuración e investigación de delitos e infracciones en el ámbito aeroportuario, mientras que la segunda comprende el control y conjuración de actos delictivos cometidos por organizaciones criminales. De este modo, el entendimiento diferenciado, y la identificación de problemáticas puntuales permite contar con estructuras y modos de organización acordes a la naturaleza de cada delito.
  • La descentralización regional de la PSA. Mediante la existencia de unidades de mando, ejecución y evaluación distribuidas en el Territorio Argentino se garantiza mayor dinamismo en la investigación, prevención y conjuración del delito.
La PSA se capacito con la gendarmería francesa en recuperación de aeronaves
Asimismo, la PSA, es la única Fuerza Federal de Seguridad, cuyos funcionarios en actividad con estado policial son auditados por un organismo externo, denominado Dirección de Control Policial, dependiente del MINISTERIO DE SEGURIDAD de la Nación.
Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA)
La Dirección de Control Policial está compuesta por la Auditoría de Asuntos Internos, La Defensoría del Policía de Seguridad Aeroportuaria y el Tribunal de Disciplina.
La PSA se capacito con la gendarmería francesa en recuperación de aeronaves
MISIÓN
Como autoridad superior responsable de la seguridad aeroportuaria que actúa en el ámbito del Ministerio de Seguridad, la PSA tiene por misión:
  • La seguridad aeroportuaria preventiva consistente en la planificación, implementación, evaluación y/o coordinación de las actividades y operaciones, en el nivel estratégico y táctico, necesarias para prevenir, conjurar e investigar los delitos y las infracciones en el ámbito aeroportuario.
  • La seguridad aeroportuaria compleja consistente en la planificación, implementación, evaluación y/o coordinación de las actividades y operaciones, en el nivel estratégico y táctico, necesarias para realizar el control y la conjuración de los actos delictivos complejos cometidos por organizaciones criminales, relacionados con el narcotráfico, el terrorismo, el contrabando y otros delitos conexos.
Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA)
FUNCIONES
  • Salvaguardar a la aviación civil, nacional e internacional, a través de la vigilancia, verificación y control de instalaciones, vehículos, personas, equipajes, correo, cargas, mercancías y cosas transportadas así como de aeronaves y tripulaciones en el ámbito aeroportuario.
  • Fiscalizar y controlar el transporte, tenencia, portación de armas, explosivos y demás elementos de peligro potencial en el ámbito aeroportuario.
  • Adoptar medidas a fin de brindar respuesta inmediata a situaciones de crisis derivadas de circunstancias como: el apoderamiento ilícito de aeronaves, amenazas de bombas, sabotaje, o de cualquier otro evento crítico o delictivo que pudiera acontecer en el ámbito aeroportuario o en las aeronaves que no se encuentren en vuelo. Se considera que una aeronave se encuentra en vuelo a partir del momento en que se aplica la fuerza motriz para despegar hasta el momento en que termina el recorrido del aterrizaje.
  • Planificar y desarrollar estrategias y acciones tendientes a la prevención y conjuración de delitos en el ámbito aeroportuario.
  • La investigación y conjuración de hechos y actividades delictivas cometidas en el ámbito aeroportuario.
  • La asistencia y cooperación a las actividades judiciales competentes en la investigación criminal y la persecución de delitos.
  • El cumplimiento de los compromisos previstos en los convenios internacionales en materia de seguridad de la aviación civil y de seguridad aeroportuaria.
  • La regulación, habilitación y fiscalización de los servicios de seguridad aeroportuaria que fueran prestados por personas físicas o jurídicas privadas.
  • La aplicación de las sanciones que se establecen por las contravenciones cometidas en el ámbito aeroportuario.
Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA)
Por otra parte, de acuerdo con el artículo 16 de la Ley Nº 26.102 de Seguridad Aeroportuaria, la PSA ejerce funciones de policía aduanera, migratoria y/o sanitaria donde y cuando no haya autoridad establecida por las respectivas administraciones.
Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA)
LA SEGURIDAD AEROPORTUARIA
La seguridad aeroportuaria es una dimensión específica de la seguridad pública y comprende las acciones tendientes a resguardar y garantizar la seguridad interior en el ámbito aeroportuario, a través de la prevención, conjuración e investigación de los delitos cometidos en dicho ámbito, como así también las acciones tendientes a prevenir o neutralizar actos de interferencia ilícita destinados a comprometer la seguridad de la aviación civil o el transporte aéreo.
Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA)
El marco jurídico está definido en la Ley 26.102 de Seguridad Aeroportuaria, sancionada y promulgada en el año 2006, luego de la intervención a la ex Policía Aeronáutica Nacional (PAN) y su transferencia de la órbita militar a la civil en el ámbito del Ministerio del Interior como Policía de Seguridad Aeroportuaria.
Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA)
La seguridad aeroportuaria, entonces, consiste en asegurar la protección de los pasajeros, las tripulaciones, los empleados y trabajadores del sector, las aeronaves, las instalaciones y el perímetro con el objetivo de resguardar el normal desarrollo de las actividades aeroportuarias, incluidas las aeronaúticas propiamente dichas y las no aeronaúticas, de explotación de servicios y/o actividades comerciales, industriales y afines.
Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA)
Respecto a las funciones y actividades vinculadas a la prestación de los servicios de tránsito aéreo de la aviación civil y la seguridad en la aeronavegación, el marco regulatorio prevé que a sean ejercidas por la Agencia Nacional de Aviación Civil (ANAC).
Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA)
El ámbito jurisdiccional de aplicación se extiende a los aeródromos y aeropuertos integrantes del Sistema Nacional de Aeropuertos.
La PSA, como autoridad superior responsable de la aplicación de la Ley 26.102 de Seguridad Aeroportuaria, tiene la misión de atender las dos dimensiones básicas de la seguridad aeroportuaria, que son la Seguridad Aeroportuaria Preventiva y la Seguridad Aeroportuaria Compleja.
Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA)
LA PSA EN EL PAÍS
La PSA está presente en los aeropuertos de Argentina mediante las Unidades Operacionales de Seguridad Aeroportuaria Preventiva (UOSPs), agrupadas en cinco regiones.
  • Unidad Regional de Seguridad Aeroportuaria I del Este [+]
  • Unidad Regional de Seguridad Aeroportuaria II del Centro [+]
  • Unidad Regional de Seguridad Aeroportuaria III del Norte [+]
  • Unidad Regional de Seguridad Aeroportuaria IV del Litoral [+]
  • Unidad Regional de Seguridad Aeroportuaria V del Patagonia [+]
Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA)
EL MODELO DE GESTIÓN POLICIAL DE LA PSA
El modelo de Gestión Policial de la PSA fue concebido para atender de una manera más eficiente la problemática delictiva. 
Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA)
Con ese objetivo se conformó un nuevo diseño institucional, basado en los siguientes pilares: 
  • La autoridad civil de la institución, a cargo de un Director Nacional.
  • La separación de las funciones netamente policiales de las tareas de administración general y conducción superior.
  • La formación y capacitación del personal en competencias específicas y el control policial externo a la institución.
Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA)
En este marco, la Estructura Orgánica y Funcional de la PSA está integrada por una Estructura de Conducción y Administración, una Estructura Operacional y el Instituto Superior de Seguridad Aeroportuaria (ISSA). 
Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA)
Como órgano de control policial, la Dirección de Control Policial es externa a la PSA y depende del Ministerio de Seguridad de la Nación.
  • La Estructura de Conducción y Administración está integrada por personal civil. De este modo, funcionarios especializados ejercen la conducción superior y la administración general en apoyo al sistema policial.
  • La Estructura Operacional se compone por personal con estado policial, dedicado exlusivamente a la labor policial. Mediante el Centro de Análisis, Comando y Control (CEAC) de la Seguridad Aeroportuaria, la Dirección Nacional ejerce el mando funcional de la PSA. El sistema operacional está compuesto por cinco Unidades Regionales de Seguridad Aeroportuaria (URSAs) y éstas, a su vez, compuestas por Unidades ubicadas en distintos aeropuertos del país.
  • El Instituto Superior de Seguridad Aeroportuaria (ISSA), dedicado a la formación constante del personal policial y civil en materia de seguridad aeroportuaria, diseñando también contenidos específicos para el desarrollo de competencias que aseguren una eficiente administración de los recursos de la PSA.
  • La Dirección de Control Policial es externa a la estructura de la PSA. Tiene por función velar por el correcto cumplimiento de leyes y reglamentos vigentes, realizar auditorías e inspecciones, instruir sumarios y dictar la disponibilidad preventiva o desafectación del servicio de efectivos en el marco de un sumario.
Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA)
LA SEGURIDAD AEROPORTUARIA
La seguridad aeroportuaria es una dimensión específica de la seguridad pública y comprende las acciones tendientes a resguardar y garantizar la seguridad interior en el ámbito aeroportuario, a través de la prevención, conjuración e investigación de los delitos cometidos en dicho ámbito, como así también las acciones tendientes a prevenir o neutralizar actos de interferencia ilícita destinados a comprometer la seguridad de la aviación civil o el transporte aéreo.
Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA)
El marco jurídico está definido en la Ley 26.102 de Seguridad Aeroportuaria, sancionada y promulgada en el año 2006, luego de la intervención a la ex Policía Aeronáutica Nacional (PAN) y su transferencia de la órbita militar a la civil en el ámbito del Ministerio del Interior como Policía de Seguridad Aeroportuaria.
Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA)
La seguridad aeroportuaria, entonces, consiste en asegurar la protección de los pasajeros, las tripulaciones, los empleados y trabajadores del sector, las aeronaves, las instalaciones y el perímetro con el objetivo de resguardar el normal desarrollo de las actividades aeroportuarias, incluidas las aeronaúticas propiamente dichas y las no aeronaúticas, de explotación de servicios y/o actividades comerciales, industriales y afines.
Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA)
Respecto a las funciones y actividades vinculadas a la prestación de los servicios de tránsito aéreo de la aviación civil y la seguridad en la aeronavegación, el marco regulatorio prevé que a sean ejercidas por la Agencia Nacional de Aviación Civil (ANAC).
Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA)
El ámbito jurisdiccional de aplicación se extiende a los aeródromos y aeropuertos integrantes del Sistema Nacional de Aeropuertos.
Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA)
La PSA, como autoridad superior responsable de la aplicación de la Ley 26.102 de Seguridad Aeroportuaria, tiene la misión de atender las dos dimensiones básicas de la seguridad aeroportuaria, que son:
  • La Seguridad Aeroportuaria Preventiva.
  • La Seguridad Aeroportuaria Compleja.
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SEGURIDAD AEROPORTUARIA PREVENTIVA
Según lo establecido por la Ley 26.102, la PSA ejerce la función de seguridad preventiva y de seguridad compleja. La Seguridad Aeroportuaria Preventiva consiste en prevenir y conjurar de forma inmediata los delitos y las infracciones en el ámbito aeroportuario y comprende la planificación, implementación, evaluación y coordinación de las actividades y operaciones atenientes a ello.
Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA)

Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA)
Para el cumplimiento de esta función la PSA desarrolla, entre otras, las siguientes acciones:
  • La vigilancia y control de las instalaciones y el perímetro del aeropuerto.
  • El control de pasajeros, equipajes y mercancías mediante el uso de equipos de Rayos x, arcos detectores y canes especialmente adiestrados para la detección de narcóticos y explosivos.
  • El monitoreo del movimiento de personas, vehículos y equipos en las distintas áreas del aeropuerto a través de un Centro Operativo de Control (COC), que permite el acceso a más de setecientas cámaras de seguridad.
  • La elaboración, planificación, implementación y evaluación de estrategias y acciones de prevención que garanticen la seguridad de la aviación civil. Esto comprende control de instalaciones, personas, vehículos, equipajes, correo, cargas transportadas, aeronaves y tripulaciones.
  • Las intervenciones de alto riesgo y respuesta inmediata ante situaciones críticas como apoderamiento ilegal de instalaciones o aeronaves, secuestro ó tomas de rehenes, sabotajes y/o atentados contra instalaciones o aeronaves.
SEGURIDAD AEROPORTUARIA COMPLEJA
La Seguridad Aeroportuaria Compleja centra su accionar en la planificación, evaluación y coordinación de acciones estratégicas y tácticas que permitan controlar y desarticular actos delictivos de organizaciones criminales vinculadas con el narcotráfico, la trata de personas, el contrabando y otros delitos conexos.
Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA)

Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA)
Para esto se realizan, entre muchas otras, las siguientes acciones:
  • Investigación, seguimiento, control de acciones y desarmado de actividades delictivas complejas referidas a narcotráfico, terrorismo, atentados al orden constitucional y contrabando que intentan ser perpetradas por grupos delictivos organizados.
  • Planes de formación y capacitación policial especializada en seguridad compleja.
  • Diseño y planificación de un sistema logístico y de infraestructura específico.
  • Coordinación de labores de seguridad con otros organismos o fuerzas policiales nacionales e internacionales que tengan competencia en el ámbito aeroportuario.
  • Asistencia y cooperación con autoridades judiciales en investigaciones criminales y persecución de delitos.
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LEY 26.102 DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA
La Ley 26.102 de Seguridad Aeroportuaria establece las bases jurídicas, orgánicas y funcionales del Sistema de Seguridad Aeroportuaria. La Seguridad Aeroportuaria será resguardada y garantizada por el Estado nacional a través de las instituciones públicas y organismos de carácter policial, de seguridad, regulación y/o supervisión, con competencia en la materia o en algunos aspectos parciales de la misma.
Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA)
Asimismo, la define como las acciones tendientes a resguardar y garantizar la seguridad interior en el ámbito jurisdiccional aeroportuario, a través de la prevención, conjuración e investigación de los delitos e infracciones que no estén previstos en el Código Aeronáutico. El Sistema de Seguridad Aeroportuaria, conforme lo establece la normativa, estará a cargo del Ministerio de Seguridad de la Nación.
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En su artículo 5° establece como ámbito jurisdiccional de aplicación de la seguridad aeroportuaria a los aeropuertos y aeródromos integrantes del Sistema Nacional de Aeropuertos (SNA).
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La Ley 26.102 crea un Comité Nacional de Seguridad Aeroportuaria con la función de asesorar al Ministerio de Seguridad en todo lo relativo a la seguridad aeroportuaria y al cumplimiento de sus funciones en la materia, que funcionará como el ámbito de planificación y coordinación entre los diferentes organismos públicos con competencia o incidencia en la seguridad aeroportuaria.
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LA POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA
La PSA actúa bajo la esfera del Ministerio de Seguridad de la Nación como autoridad superior responsable de la seguridad aeroportuaria del Sistema Nacional de Aeropuertos (SNA).
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LA OACI Y LA SEGURIDAD DE LA AVIACIÓN
La Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) funciona desde 1944 en el marco de las Naciones Unidas, como organismo que establece las normas y métodos recomendados para la protección y la seguridad de la aviación civil, así como también para la protección y preservación del medio ambiente. 
Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA)
Cuenta con 191 Estados Contratantes que, dentro de su órbita, establecen lazos de cooperación y desarrollo en todas las esferas de la aviación civil.
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A lo largo del tiempo la OACI fue ampliando la regulación de los distintos aspectos y esferas de la aviación civil a través de Anexos al Convenio de Chicago (Ley 13.891), al igual que de distintos tratados internacionales (Convenio de Tokio de 1963, Convenio de La Haya de 1970, Convenio de Montreal de 1971, etc.).
Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA)
En la República Argentina, la PSA es la autoridad responsable de velar por el cumplimiento de la normativa y legislación internacional en materia de seguridad de la aviación civil, al igual que de los métodos recomendados por la propia OACI. 
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Para esta tarea, la PSA ha establecido y aplica su propio régimen normativo de seguridad de la aviación. De este modo, lleva a cabo auditorias, inspecciones, estudios y pruebas de seguridad en los distintos aeropuertos del país, efectuando además acciones coordinadas con otros organismos nacionales y de diversas partes del mundo.
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PROGRAMA NACIONAL DE SEGURIDAD DE LA AVIACIÓN CIVIL (PNSAC)
El PNSAC es el instrumento específico diseñado a los fines de aplicar la normativa y recomendaciones de la OACI, contemplando las particularidades de la aviación civil en la República Argentina.
Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA)
Aprobado mediante Disposición PSA N° 74/10, el PNSAC establece las normas y procedimientos aplicables para la protección de los pasajeros, tripulaciones, y demás personas que se encuentren dentro del ámbito aeroportuario, al igual que para el resguardo de las instalaciones y aeronaves ante cualquier acto de interferencia ilícita.
Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA)
Para ello, el PNSAC regula aspectos tales como:
  • La asignación de responsabilidades a las compañías aéreas, administradores de aeropuertos, empresas de seguridad privada, proveedores de servicios y demás entidades que operan dentro del ámbito aeroportuario.
  • La conformación y actuación de un Comité de Contingencia ante cualquier evento extraordinario que pueda suscitarse en el ámbito aeroportuario (ej. amenazas, sabotajes, interferencias ilítcitas, etc.).
  • Los objetos permitidos y prohibidos, tanto en bodega como en la cabina de pasajeros.
  • Los pasos y parámetros a respetar en materia seguridad para cualquier obra dentro de las instalaciones aeroportuarias.
  • Los estándares de los medios técnicos necesarios para operaciones de control y registro.
  • Las pautas básicas para la capacitación del personal con responsabilidades que que actúa en los distintos niveles de la seguridad de la aviación.
Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA)
El PNSAC sienta, además, las bases para el Programa Nacional de Control de Calidad de Seguridad de la Aviación Civil (PNCCSAC) y de capacitaciones mediante al Programa Nacional de Instrucción de la Seguridad de la Aviación Civil (PNISAC).
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PROGRAMA DE SEGURIDAD DE ESTACIÓN AÉREA (PSEA)
Dadas las particularidades de cada aeropuerto (infraestructura, volumen de pasajeros, cantidad de vuelos, etc.), la PSA se ocupa de relevar toda la información referente a la seguridad en los mismos para la elaboración de los denominados PSEA.
Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA)
Los mismos contemplan, adecuan y aplican a cada aeropuerto del Sistema Nacional de Aeropuertos (SNA) las normas y procedimientos de seguridad aprobados en el PNSAC.
Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA)
Fuente:
http://www.psa.gov.ar/

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