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"Soy un hombre de armas, un soldado, scout. Paradójicamente, al único de mi especie que admiro, empuñó solamente la palabra, su técnica fue la humildad, su táctica la paciencia y la estrategia que le dio su mayor victoria fue dejarse clavar en una cruz por aquellos que amaba".

Desde La Trinchera Del Buen Combate en Argentina. Un Abrazo en Dios y La Patria.

13 de febrero de 2015

ESPAÑOL O CASTELLANO... ACLARACIONES (Vídeos explicativos)

PREFERENCIAS DE USO - LAS ACADEMIAS DE LA LENGUA
Las academias de la lengua de los países en los que el término castellano es usado corrientemente (como Chile, Perú o Argentina) han adoptado la denominación de idioma español. Para estas academias, que fijan el léxico normativo de su país, el término es de origen filológico y no tiene connotaciones políticas. Por ejemplo, según la Academia Argentina de Letras:11
En el uso general las denominaciones «castellano» y «español» son equivalentes. No obstante, es preferible, en razón de una más adecuada precisión terminológica, reservar el tradicional nombre de «castellano» para referirse al dialecto de Castilla anterior a la unificación, y llamar «español» -como internacionalmente se hace- a la lengua que desde entonces lleva en sí, junto al viejo tronco, los múltiples aportes que otros pueblos de España y de América han dado al «castellano»
Por su parte la Asociación de Academias de la Lengua Española mediante su Diccionario panhispánico de dudas,12 que tiene carácter normativo, ha declarado:
Para designar la lengua común de España y de muchas naciones de América, y que también se habla como propia en otras partes del mundo, son válidos los términos castellano y español. La polémica sobre cuál de estas denominaciones resulta más apropiada está hoy superada.
Una vez asentado que ambas formas son válidas, todas las academias de la lengua española, a través del DPD, recomiendan en general el uso del nombre español:
Aun siendo sinónimo de español, resulta preferible reservar el término castellano para referirse al dialecto románico nacido en el Reino de Castilla durante la Edad Media, o al dialecto del español que se habla actualmente en esa región.
EL DICCIONARIO PANHISPÁNICO DE DUDAS
Indica que en España se usa asimismo el nombre castellano cuando está referido a la lengua común del Estado en relación con las demás lenguas oficiales de cada uno de los territorios autónomos de España (como Cataluña, Galicia y País Vasco).12
Desde el punto de vista estrictamente lingüístico, no hay preferencias por una denominación u otra. La ciencia lingüística se limita a estudiar y caracterizar la complejidad de los sistemas lingüísticos interrelacionados que componen un diasistema o lengua histórica (como conjunto más o menos complejos de variedades geolectales, sociolectales y funcionales, variables a su vez en el tiempo), y, terminológicamente, a recoger los diversos usos denominativos de una lengua o familia de variedades. Para la ciencia lingüística, pues, ambos términos son válidos a la hora de designar el diasistema de la lengua histórica llamada popular y oficialmente castellana o española.
En el ámbito normativo-prescriptivo, según la normativa establecida por los principales organismos de política lingüística13del área hispanohablante en lo relativo a la codificación del estándar idiomático (Real Academia Española y Asociación de Academias de la Lengua Española), castellano y español son términos sinónimos y válidos, si bien muestran preferencia por la forma español. Así, el Diccionario panhispánico de dudas, obra de carácter normativo actualmente vigente, aprobada por la Asociación de Academias de la Lengua Española, establece:
español. Para designar la lengua común de España y de muchas naciones de América, y que también se habla como propia en otras partes del mundo, son válidos los términos castellano y español. La polémica sobre cuál de estas denominaciones resulta más apropiada está hoy superada. El término español resulta más recomendable por carecer de ambigüedad, ya que se refiere de modo unívoco a la lengua que hablan hoy más de cuatrocientos millones de personas. Asimismo, es la denominación que se utiliza internacionalmente (Spanish, espagnol, Spanisch, spagnolo, etc.). Aun siendo también sinónimo de español, resulta preferible reservar el término castellano para referirse al dialecto románico nacido en el Reino de Castilla durante la Edad Media, o al dialecto del español que se habla actualmente en esta región. En España, se usa asimismo el nombre castellano cuando se alude a la lengua común del Estado en relación con las otras lenguas cooficiales en sus respectivos territorios autónomos, como el catalán, el gallego o el vasco.
Diccionario panhispánico de dudas, 2005, pág. 271-272.
Asimismo, el diccionario normativo editado por la Real Academia Española y la Asociación de Academias de la Lengua Española lleva por título Diccionario de la Lengua Española.14
LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA
Constitución española de 1978
Constitucion espanola 1978.JPG
Ejemplar de la Constitución conservado en el Congreso de los Diputados.
Tipo de textoConstitución
Creación31 de octubre de 19781
Ratificación6 de diciembre de 1978
UbicaciónCongreso de los Diputados
Autores«Padres de la Constitución»
SignatariosJuan Carlos I de Borbón
FunciónConstitución nacional para reemplazar a las Leyes Fundamentales del Reino
La vigente Constitución española de 1978 establece el castellano como lengua oficial de España, diferenciándola de las demás lenguas españolas, oficiales con aquél allí donde se hablen, según establezcan los respectivos estatutos de autonomía. Este es el caso de euskera, catalán y gallego. El artículo 3.1 de la Constitución afirma que «el castellano es la lengua española oficial del Estado» y el artículo 3.2 que «las demás lenguas españolas serán también oficiales en las respectivas Comunidades Autónomas de acuerdo con sus Estatutos».15
A juicio de la RAE (Real Academia Española), esta utilización constitucional del término castellano no excluye en modo alguno el uso del términoespañol, recomendado por las Academias en aquellos contextos en que no se hace referencia a otras lenguas españolas.
LAS CONSTITUCIONES HISPANOAMERICANAS
Constituciones hispanoamericanas es un portal temático sobre el constitucionalismo español e hispanoamericano cuyas raíces históricas e intelectuales se sitúan en los primeros años del siglo XIX, con la crisis del Antiguo Régimen en España y los movimientos emancipadores de las colonias españolas en el continente americano
Las Constituciones de los países hispanoamericanos donde el castellano/español es lengua oficial o cooficial siguen esta distribución denominativa:
No hay mención alguna de la lengua oficial en las Constituciones de Argentina, Chile, México y Uruguay (Los 4 suman 180 millones de habitantes).
LAS CONSTITUCIONES AFRICANAS
La única constitución de África donde el castellano/español es lengua oficial es la de Guinea Ecuatorial, donde es hablado como primera o segunda lengua por el 87,5% de la población. El término usado en dicha constitución es español.31También se usa el término español para referirse a una de las dos lenguas de trabajo de la República Árabe Saharaui Democrática, sin tener un estatus oficial.32
MAPA DEL USO DE LA PALABRAS "CASTELLANO" Y "ESPAÑOL"


¿ESPAÑOL O CASTELLANO?

https://www.youtube.com/watch?v=VwxvlX-Elu0


ORIGEN E HISTORIA DE LA LENGUA CASTELLANA
https://www.youtube.com/watch?v=TXHtmLZyO6c

REFERENCIAS Y NOTAS
11. Boletín de la Academia Argentina de Letras, t. XLVII, nº 187-188, enero-junio de 1983, p. 135
13. «Real Academia Española». Consultado el 2009.
14. http://www.rae.es/drae/ Diccionario de la lengua española
15. Constitución Española de 1978
16. Art. 5.I de la Constitución Política del Estado de Bolivia de 2009
17. Art. 10 de la Constitución Política de la República de Colombia de 1991
18. Art. 2 de la Constitución de la República del Ecuador de 2008
19. Art. 62 de la Constitución de la República de El Salvador de 1983
20. Art. 140 de la Constitución de la República del Paraguay de 1992
21. Art. 48 de la Constitución de la República del Perú de 1993
22. Art. 9 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999
23. Art. 2 de la Constitución de la República de Cuba de 1976
24. Art. 143 de la Constitución de la República de Guatemala de 1985
25. Art. 6 de la Constitución de la República de Honduras de 1982
26. Art. 11 de la Constitución de la República de Nicaragua de 1987
27. Art. 76 de la Constitución Política de la República de Costa Rica de 1949
28. Art. 7 de la Constitución de la República de Panamá de 1972
29. Art. 29 de la Constitución Política de la República Dominicana de 2010
30. Art. III Sección 5 de la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico de 1952
31. Art. 4 de la Constitución de la República de Guinea Ecuatorial de 1991
32. http://www.arso.org/1estadosaharaui.pdf
Fuente:
http://es.wikipedia.org/wiki/Pol%C3%A9mica_en_torno_a_espa%C3%B1ol_o_castellano
http://www.abc.es/cultura/20141125/abci-castellano-espanol-idioma-hablas-201411241949.html

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